Términos y condiciones

de contratación

Publicación: 01/06/2022

Estos términos y condiciones regulan las relaciones comerciales y de prestación de servicios entre:

  • el propietario del coworking Project 23 en adelante Parte Arrendadora/Prestadora de Servicios" o "Coworking" 
  • y el cliente en adelante Parte arrendataria/Usuaria o Coworker. 

Con la firma o aceptación del en el contrato "Servicio de Coworking" , el cliente o Coworker acepta plenamente y sin reservas estos  Términos y Condiciones de Contratación. 

Los datos identificativos de la Parte Arrendadora o Coworking y de la Parte arrendataria o Coworker están incorporados en el en el contrato "Servicio de Coworking" . Las partes intervienen en su propio nombre y derecho, y se reconocen la capacidad legal necesaria para celebrar el presente contrato, a cuyo efecto exponen que:

  1. Que la PARTE ARRENDADORA/ PRESTADORA DE SERVICIOS tiene atribuida la facultad expresa de arrendar y gestionar el arrendamiento del Módulo/Servicio indicado en el documento "Servicio de Coworking" situada en el espacio coworking Project 23 de la Avenida de Dublin 39, local i .- 28232 Las Rozas de Madrid.

  2. Que interesando a la PARTE ARRENDATARIA/USUARIA tomar en arrendamiento el módulo/servicio anteriormente descrito, y, estando la PARTE ARRENDADORA interesada en arrendárselo, ésta lo ofrece y aquella lo acepta, y ambas partes convienen en celebrar el presente contrato de coworking regido por las siguientes estipulaciones:

PRIMERA- Objeto

La PARTE ARRENDADORA/PRESTADORA DE SERVICIOS arrienda o presta el servicio a la PARTE ARRENDATARIA/USUARIA el Módulo/Servicio de oficina antes mencionado que está integrado en el coworking Project 23 de la Avenida de Dublin 39, local i - 28232 Las Rozas de Madrid, cuya situación y estado, es conocido y aceptado por ambas partes contratantes. Salvo en el caso de contratación de un Módulo Sala o Despacho cerrado, los espacios o módulos son compartidos con otros Coworkers y bajo ningún concepto el Coworker puede disponer de estas áreas de trabajo para su exclusivo uso privado.

La PARTE ARRENDATARIA/USUARIA, declara de forma expresa en este acto recibir el inmueble en perfectas condiciones, comprometiéndose a devolverlo tal como lo recibe a la finalización del arrendamiento.

SEGUNDA - Destino

El Módulo/Servicio de Oficina objeto de este contrato será destinado a ejercicio de actividad profesional. 

TERCERA - Duración

El alquiler del módulo mencionado en el presente contrato se pacta por el plazo indicado en el contrato "Servicio de Coworking"

Si el Módulo/Servicio se pacta por un periodo igual o superior a un mes en horario completo, llegado el día del vencimiento del contrato, si ninguna de las partes hubiese notificado a la otra su voluntad con un mínimo de 5 días de antelación y siguiendo el procedimiento de notificaciones se entenderá que este entra en periodos sucesivo de prórroga automática. Estos periodos serán mensuales.

No obstante, durante los periodos de prórroga, cualquiera de las partes, podrá igualmente notificar su voluntad de NO renovarlo, siguiendo el procedimiento de notificaciones previsto con 5 días de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las prórrogas.

Los descuentos, promociones y ofertas pactados para el plazo indicado al inicio de este apartado no serán aplicables en los periodos de prórroga automática, salvo que se especifique de forma distinta en las promociones que se detallan en el apartado cuarta.

CUARTA. - Renta, tarifa o precio

El precio, correspondiente a la modalidad contratada, se fija en el contrato "Servicio de Coworking"La PARTE ARRENDATARIA/USUARIA entregará una señal del 10% para la reserva. La cantidad restante la habrá de pagar al menos un día antes de la primera fecha pactada. También se comprometen a pagar anticipadamente las sucesivas renovaciones. en los cinco primeros días del mes.

La forma de Pago se indica en el contrato "Servicio de Coworking"

La tarifa contratada incluye los siguientes servicios:

La tarifa contratada incluye los siguientes servicios:

  • Suministro de energía eléctrica y agua
  • Uso del mobiliario:    En contrataciones de Mesas y Despachos: Silla, mesa, cajonera, papelera...  En contrataciones de Salas: Mobiliario, proyector o TV.
  • Acceso a internet a alta velocidad por cable e inalámbrico
  • El espacio Project 23 está climatizado

Servicio de Oficina Virtual. Este servicio puede estar contratado como Módulo/ Servicio de forma independiente. Estará incluido gratuitamente con la contratación de cualquier otro Módulo/Servicio distinto que se pacte por un periodo igual o superior a un mes en horario completo. Este servicio incluye:

  • Utilizar de la dirección del coworking como Domicilio social y fiscal
  • Uso de la dirección del coworking en tarjetas, publicidad y página web.
  • Recepción de correspondencia o mensajería en formatos y tamaños habituales de oficina y en el horario del Coworking. El Coworker autoriza expresamente mientras permanezca en vigor este contrato la recepción en su nombre de todo tipo de notificaciones, cartas y paquetes que lleguen al Coworking,
  • Aviso por email y/o WhatsApp de llegada de correspondencia o paquetería.
  • Presencia del usuario en la Página web de Project 23 

Incluye también las promociones específicas y por el periodo indicadas en el contrato "Servicio de Coworking".  

El incumplimiento por parte de la ARRENDATARIA/USUARIA de la obligación de pago del precio en el periodo fijado será motivo de resolución de contrato, debiendo en tal caso restituir inmediatamente el puesto de trabajo a la Parte ARRENDADORA/PRESTADORA DE SERVICIOS, siendo por cuenta de aquella Parte los gastos que la resolución pudiera ocasionar, así como el interés de demora legalmente establecido.

Todas las facturas serán enviadas por correo electrónico mensualmente a la dirección que a tal efecto haya sido proporcionada al Coworking y que se incorpora en el contrato "Servicio de Coworking"

QUINTA. - Actualización de renta, precios o tarifas.

En el caso de que el Módulo/Servicio sea contratado por horas, la PARTE ARRENDATARIA/USUARIA, deberá abandonar el Módulo en la hora acordada, en el mismo estado que la encontró, dejándola libre de efectos y enseres y permaneciendo en perfecto estado los servicios de que dispone el Módulo/Servicio contratado.

Caso de que la PARTE ARRENDATARIA/USUARIA quiera ampliar el horario acordado, tendrá que comunicarlo a la PARTE ARRENDADORA/PRESTADORA DE SERVICIOS con al menos una hora de antelación a la finalización del horario previamente pactado cada día y ésta le informará sobre la disponibilidad del módulo a este efecto. Si existiera disponibilidad se facturará esta ampliación al mismo precio / hora de este contrato y deberá ser abonado a la finalización de cada ampliación.

Las tarifas se revisarán cada inicio de aña o a la finalización del período de contrato

SEXTA. - Fianza.

Si existiera fianza esta se indicará de forma exclusiva e independiente indicando este concepto en el contrato "Servicio de Coworking". La PARTE ARRENDATARIA/USUARIA hará entrega de la cantidad indicada como fianza. Dicha cantidad se reintegrará a los mismos a la finalización del contrato, una vez cumplidos por la PARTE ARRENDATARIA/USUARIA las obligaciones dimanantes del contrato, a cuya responsabilidad queda afecta.

La existencia de esta fianza no podrá oponerse como excusa por el Coworker a la falta de pago de la tarifa estipulada y en ningún momento tal cantidad podrá destinarse al pago de la misma. 

SÉPTIMA. - Servicios optativos.

Independientemente de los servicios prestados por el Coworking y que se especifican en la estipulación CUARTA, el Coworker podrá contratar los siguientes servicios que ofrece el Coworking:

  • Servicio de Fotocopias
  • Servicio de Scanner, Correo electrónico
  • Taquillas y servicios de almacenamiento
  • Material de oficina
  • Servicios web
  • Alquiler de Salas
  • Otros servicios adicionales (Coffe Break, Catering...)

Estos servicios serán abonados por EL Coworker, a la presentación de la factura por parte del Coworking, en función de los servicios contratados y el consumo, y la forma de pago que designe la misma

OCTAVA.- Denominaciones y uso de Marcas

El Coworker actuará en su nombre o bajo una denominación comercial notificada de forma previa al Coworking. En ningún caso podrá utilizar otra denominación social y/o comercial distinta a la prevista, ni recibir documentación o comunicación alguna dirigida a persona física o jurídica distinta. El nombre y/o signos identificativos titularidad del COWORKER, así como su imagen podrán ser empleados por el Coworking dentro de sus canales de comunicación, como forma de promover sus productos y servicios, así como los de sus otros COWORKERs. Project 23 es nombre comercial y marca con titularidad del Coworking. El Coworker podrá hacer uso de la marca Project23  en sus  canales de comunicación, como forma de promover sus servicios o los del coworking. Para cualquier otra acción o en lugares distintos a sus canales no podrá hacer uso de la marca Project 23 sin previo consentimiento expreso y por escrito del Coworking.

NOVENA. - Impuestos, arbitrios.

La PARTE ARRENDATARIA/USUARIA queda obligada al pago, de cuantos arbitrios, impuestos, tasas o contribuciones, actuales o futuros graven su actividad. 

DÉCIMA. - Obras.

Queda prohibida la realización de cualquier obra por parte de la PARTE ARRENDATARIA/USUARIA, que podrá realizar obras de conservación y mantenimiento siempre y cuando sean autorizadas previamente y por escrito por la PARTE ARRENDADORA/PRESTADORA DE SERVICIOS.

En cualquier caso, estas obras nunca podrán alterar la seguridad y/o estabilidad del inmueble donde se hayan enclavadas. Toda obra ejecutada, quedará en beneficio de la propiedad, sin derecho a indemnización alguna para el Coworker, pudiendo EL Coworking exigir que reponga las cosas a su estado anterior, no produciéndose tampoco en este caso derecho a indemnización a alguna a favor del Coworker.

No se permite utilizar elementos que puedan alterar las instalaciones de la Sala (clavos, grapas, tornillos, adhesivos u otros) ni la fijación de carteles en las paredes, puertas y mobiliario mediante ninguno de los elementos anteriores salvo con la aprobación expresa del Arrendador.

DÉCIMO PRIMERA. - Rescisión, subarriendo y renovación del contrato.

Queda expresamente prohibido el subarriendo, ya sea este total o parcial. El incumplimiento será causa de desahucio.

El presente contrato se considerará también rescindido en el supuesto de que el Coworker no facilite teléfonos y domicilios de contacto o cambios en los mismos, y consiguientemente resulte ilocalizable durante más de un mes.

El Coworking se reserva además el derecho a cancelar la participación y uso del Coworker de cualquiera de los servicios inmediatamente si el Coworker no cumple con cualquier estipulación incluida en el presente contrato o en las Normas de Conducta que figuran en este enlace →

La rescisión del presente Contrato por parte del Coworker no supondrá penalización, ni devolución de la parte no consumida del período abonado.

A la finalización del contrato el Coworker deberá de comunicar de este hecho a la Delegación de Hacienda o cualquier otro organismo competente, a la que le hubiera proporcionado la dirección del Coworking Project 23 para evitar cualquier tipo de responsabilidad por parte este

DÉCIMO SEGUNDA. - Acceso.

El COWORKER podrá acceder a las instalaciones y trabajar en ellas conforme al horario del Módulo o servicio contratado dentro del horario del coworking que es el comprendido entre las 9:00 horas y las 20:00 horas de lunes a viernes excepto festivos. Fuera de ese horario el uso está supeditado siempre a un pacto o servicio adicional y a la presencia de alguno de los responsables del coworking.

Se comunicará al Coworker cualquier cambio de horario en fechas señaladas como vacaciones o navidad

La PARTE ARRENDATARIA/USUARIA queda obligado a permitir el acceso de la PARTE ARRENDADORA/PRESTADORA DE SERVICIOS, empresa de Coworking, la propiedad o la persona que éstos designen (siendo válida a estos efectos cualquier escrito que identifique a la PARTE ARRENDADORA/PRESTADORA DE SERVICIOS o la propiedad y a la persona designada, siempre que el mismo vaya firmado por ambos lo que se acreditará con sendas fotocopias de los DNI y de los poderes del emisor), al inmueble para la revisión de su estado, siempre que este gire la visita en horario comercial, entendiendo en cualquier caso como tal, con independencia del horario que la PARTE ARRENDATARIA/USUARIA tenga, el comprendido entre las 9:00 AM horas y las 8:00 PM horas, de lunes a viernes.

Igualmente podrá, la PARTE ARRENDADORA/PRESTADORA DE SERVICIOS, la propiedad o la persona que éstos designen en los términos antes expuestos, visitar el local sin previa comunicación por escrito, a fin de inspeccionar cualquier servicio o instalación, o comprobar el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

DÉCIMO TERCERA. - Notificaciones.

Cualquier notificación que las partes hayan de efectuar en cumplimiento de lo pactado en el presente Contrato habrá de realizarse a las personas indicadas en los domicilios indicados en el contrato "Servicio de Coworking".

Todas las notificaciones se entenderán recibidas por la parte a la que se dirija dicha notificación en la fecha de la entrega en mano en el domicilio del destinatario o en el de la recepción del burofax, telegrama o requerimiento notarial, que conste en el documento que se entregue al remitente como prueba de dicha entrega.

Se entenderán igualmente válidas las notificaciones cuando se hubiera intentado la notificación al menos tres veces en los domicilios señalados en el apartado anterior, no pudiendo efectuarse más de una notificación al día. Las partes podrán señalar cualquier otra dirección siempre que notifiquen dicho cambio a la otra parte con una antelación mínima de diez días naturales a la validez de la nueva dirección. 

DÉCIMO CUARTA. - Limitación de la responsabilidad.

Sin perjuicio de cualquier daño que pudiera incurrir o por la razón que sea, la RESPONSABILIDAD del Coworking, sus agentes, accionistas, miembros, representantes y empleados en virtud de cualquier disposición de este contrato, se limitará a los daños reales incurridos hasta el máximo previsto en la póliza de Responsabilidad Civil existente o la regulación de sus cláusulas aplicables.

El Coworking quedará exento de responsabilidad en cualquier campo (jurídico, económico, social o de otro tipo) relacionado con los Coworkers que utilizan sus instalaciones únicamente como un lugar físico para desarrollar su trabajo y recibir la formación complementaria que requieran.

El Coworking no es responsable ante el Coworker de ninguna pérdida o daño que sufra en relación con un contrato, incluyendo, pero sin limitarnos a cualquier pérdida o daño que surja como resultado de la incapacidad del coworking para proporcionar un servicio frente a una avería mecánica, huelga u otro evento fuera de su alcance razonable, a menos que haya actuado deliberadamente o con negligencia.

Servicios y obligaciones informáticas. Aunque el Coworking cuenta con protocolos de Internet en su ubicación procurando brindar una conectividad a Internet sin contratiempos, el coworking no representa ni puede garantizar ningún nivel de conectividad a su red o a la internet, ni tampoco el nivel de seguridad de la información y los datos que el Coworker coloque en ella. El Coworker debe adoptar todas las medidas de seguridad (como el cifrado) que considere apropiadas para su empresa. La única y exclusiva solución del Coworking en relación con los problemas de conectividad reducida que están dentro de nuestro control razonable será que rectifiquemos el problema dentro de un plazo razonable a partir de que el Coworker nos dé aviso.

La actividad de cada usuario del Coworking es propia y en ningún caso implica al Coworking ya que son empresas, organizaciones, personas individuales, jurídicas o de otro tipo, con objetos sociales o actividades independientes, siendo responsabilidad de éstas tener su situación legalizada ante los organismos oficiales de Hacienda, Trabajo, Seguridad Social, Organismos Autonómicos, Municipales o de cualquier otro ámbito.

Están prohibidas la realización de actividades ilegales, contrarias al orden público o de dudosa legalidad, que empresas, particulares u otros puedan realizar en sus instalaciones siendo causa esta situación de resolución de contrato, reservándose al Coworking el derecho a emprender acciones legales contra el o los responsables de dichas actividades. Su responsabilidad únicamente recae en la cesión de uno o varios puestos de trabajo.

En definitiva, los Usuarios y Coworkers son responsables de sus actividades declinando el Coworking cualquier responsabilidad por los actos realizados sin su consentimiento o conocimiento, se declina también cualquier responsabilidad o vinculación comercial, empresarial, económica o de cualquier otra índole entre los Usuarios o Coworkers y el Coworking.

DECIMO QUINTA. - Indemnización

El Coworker libera, y por la presente se compromete a indemnizar, defender y eximir de responsabilidad al Coworking, sus agentes, accionistas, miembros, representantes y empleados, de y contra cualquier reclamación, responsabilidades, pérdidas, daños, costos, gastos, juicios, multas y sanciones basadas en o que surjan de sus acciones negligentes, errores y omisiones, dolo y fraude en relación con la participación o uso de los Servicios que presta el Coworking. Asimismo, acepta en caso de presentar una reclamación o demanda por la violación de este contrato, el Coworker será responsable de los honorarios y costos incurridos por el Coworking o sus respectivos agentes, accionistas, miembros, representantes y empleados en relación con la defensa de dicha reclamación o demanda. 

DECIMO SÉXTA. - Seguros.

El Coworking dispone de un seguro de Responsabilidad Civil. Como usuario, se sugiere que encarecidamente a la Parte ARRENDATARIA/USUARIA que también disponga de una póliza de seguro para cubrir su propia responsabilidad mientras que utilizando el espacio o los servicios del Coworking.

Daños indirectos: El Coworking no se hace responsable en ningún caso por la pérdida de negocios, beneficios, ahorros previstos, pérdida o daño de datos, reclamaciones de terceros o cualquier daño indirecto. Recomendamos que el Coworker se asegure contra tales pérdidas, daños, gastos o responsabilidades potenciales

DECIMO SÉPTIMA. - Política de protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos vigente se compromete a salvaguardas y no difundir ningún dato de carácter personal o información que pudiera estar contenida en cualquier de los servicios proporcionados, así también los usuarios o Coworkers podrán ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación y cancelación de sus datos recopilados y archivados mediante solicitud dirigida al Coworking, en ningún caso el Coworking transfieren la información de sus usuarios a terceros mediante ningún medio, ni circunstancia.

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos Personales, el Coworker da su consentimiento para el tratamiento de los datos personales aportados a través de su inscripción. Estos serán incorporados a un fichero con el objeto de facilitar su participación en actividades posteriores organizadas por Project 23. Para cualquier modificación de sus datos deberá ponerse en contacto con nosotros. La falsedad de los datos facilitados en el proceso de inscripción supondrá la suspensión en la participación en las actividades organizadas.

DECIMO OCTAVA. - Confidencialidad.

El Coworker reconoce y acepta que durante su participación y uso de los servicios puede estar expuesto a Información Confidencial. "Información Confidencial" significa toda información, en su totalidad o en parte, que se da a conocer por el Coworking o cualquier participante o usuario de los Servicios o cualquier empleado. Información confidencial también incluye, sin limitación, la información acerca de los negocios, ventas, operaciones, know-how, secretos comerciales, tecnologías, productos, empleados, clientes, planes de marketing, información financiera, servicios, asuntos de negocios, cualquier conocimiento adquirido a través del examen u observación de o el acceso a los servicios o instalaciones y/o libros y registros del Coworking, cualquier análisis, compilaciones, estudios u otros documentos preparados por el Coworking o derivados de cualquier otra manera a partir de la información confidencial.

La participación del Coworker y/o el uso de los Servicios le obliga a mantener toda la Información Confidencial en estricta confidencialidad, no revelar información confidencial a terceros, no utilizar la Información Confidencial de cualquier forma, directa o indirectamente que perjudiquen al Coworking, o a cualquier participante o usuario de los Servicios. 

DECIMO NOVENA. - Legislación aplicable y jurisdicción competente.

El presente Contrato se regirá por lo dispuesto en la legislación española. En el caso de que se produzca cualquier discrepancia o controversia con motivo de la interpretación o la aplicación del contenido de este Contrato o con los servicios prestados en general, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del domicilio de Majadahonda